viernes, 4 de diciembre de 2015

¿Por qué la Junta de Extremadura no aplica a su personal el principio de la norma más favorable?

Por Javier Caso Iglesias | Analista Político

La regla de la norma más favorable establece que cuando existen varias normas aplicables a una situación jurídica no se aplicará la norma que corresponda conforme a un orden jerárquico predeterminado, sino que, en cada caso, se aplicará la norma más favorable al trabajador.

El principio de jerarquía normativa es, de alguna manera, subvertido en el derecho laboral; en el cual la jerarquía normativa se troca puesto que es el contenido de la norma el que decide, según su mayor o menor favorabilidad para los trabajadores, la disposición aplicable; posición jerárquica de la norma (jerarquía estática) y prioridad de aplicación (jerarquía dinámica), no son pues cuestiones equivalentes. Es más, lo normal es precisamente que la disposición que se aplique sea la más favorable al trabajador, sea esta de rango inferior (v.g.: convenio colectivo) o sean estas normas legales o reglamentarias.

Esta es una de las características más enriquecedoras del derecho laboral, el del principio de la norma más favorable, que se antepone a la jerarquía normativa y anula los criterios de dirimencia: (a) la norma de rango superior prevalece siempre sobre la inferior; (b) la norma más reciente, sobre la más antigua; y (c) la norma especial, sobre la general. Pero en el derecho laboral positivo contemporáneo las diferentes fuentes, más bien que constituir una jerarquía 'stricto senso', se complementan y se ajustan al fin de mejorar al asalariado.

Entonces ¿Por qué la Junta de Extremadura no aplica a su personal el principio de la norma más favorable?


Si el Convenio Colectivo aplicable determina que: "Cualquier exceso de la jornada como consecuencia de causas imprevistas se computará como jornada irregular, compensándose cada hora de exceso con el tiempo equivalente a una hora incrementado en un 75%."

¿Por qué cada vez que un trabajador público realiza un servicio extraordinario que supera su jornada laboral se le aplica el retrógrado y rancio Decreto 149/2013, de 6 de agosto, regulador de la jornada, horarios de trabajo, permisos y vacaciones?

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