miércoles, 25 de abril de 2007

Consejo para la mejora del buzón de quejas y sugerencias de la Junta de Extremadura

Estimado señor Director General de Coordinación e Inspección de la Junta de Extremadura:

Como seguramente conocerá, soy una persona que ha elogiado públicamente la eficacia y rapidez con la que actúa esa Dirección General en la resolución de los temas que le son planteados.

No obstante, dado que observo cuestiones que pueden ser objeto de mejora es por lo que tengo el atrevimiento de volverme a poner en contacto en Usted y con su magnífico servicio, con el fin de hacer una serie de aportaciones en el ánimo de que sirvan para lo dicho, la mejora del buzón de quejas y sugerencias.

Entrando ya en materia, he de decirle que ayer me respondía Usted por escrito, salida número 200201400000520, a una solicitud formulada mediante el buzón de quejas y sugerencias de la Junta de Extremadura. Su valoración era que al no tratarse ni de una queja ni de una sugerencia no correspondía haberla planteado ahí por mi parte, por no ser, le cito literalmente "cauce para plantear cuestiones derivadas de su relación laboral con la Junta de Extremadura, como se le indicó en el escrito de fecha 23 de enero de 2007".

Como sugerencia le planteo que deben Ustedes enmarcar las respuestas que den, no solamente en el Capítulo VI, artículo 25 y siguientes del Decreto 139/2000, de 13 de junio; sino en toda la legislación que regula la información administrativa y la atención al ciudadano; y en concreto en ese magnífico instrumento legal que es la Carta de Derechos de los Ciudadanos, Decreto 149/2004, de 14 de octubre. En cuyo prólogo de la edición que la Junta de Extremadura dirige a los ciudadanos, Rodríguez Ibarra dice "Se trata de algo más que de una mera declaración de principios, puesto que constituye un auténtico mandato o compromiso para la Administración, que al recoger en un documento, de forma clara y exhaustiva, el listado de los derechos que los ciudadanos pueden exigir en sus relaciones con la Administración autonómica".

Ese Decreto 149/2004, de 14 de octubre, viene a subrayar los derechos de información que de forma nítida estipula la Ley que establece y regula las bases del régimen jurídico, el procedimiento administrativo común y el sistema de responsabilidad de las Administraciones Públicas, siendo aplicable a todas ellas; me estoy refiriendo a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Resumiendo, tanto la Ley de Procedimiento Administrativo como la Carta de Derechos de los Ciudadanos garantizan:
1) Recibir comunicación de que sus instancias, peticiones o solicitudes presentadas por error en un órgano que no resulte competente para conocer de dichos documentos, han sido inmediatamente trasladadas al que sí tenga atribuida la competencia para su tramitación.
2) Recibir información general y actualizada sobre el funcionamiento de la Administración y los requisitos genéricos de sus procedimientos.
3) Que no sea obligatorio acudir a una oficina pública.
4) Obtener información relativa a las unidades administrativas a las que debe dirigirse para realizar cualquier trámite.
5) Comunicarse con la Administración autonómica a través de correo electrónico y otros medios telemáticos.

Esto es, que ante una solicitud de queja o sugerencia inadecuadamente dirigida a Ustedes deberían haberla trasladado inmediatamente al órgano que sí resulte competente; Que acto seguido deberían haberme informado de esta eventualidad indicándome a través de que buzón telemático de la Junta de Extremadura debo de dirigir mis comunicaciones de esta índole en el futuro. Insisto en lo de buzón telemático, pues mi expreso deseo es comunicarme con la Junta de Extremadura, aprovechando las nuevas tecnologías de la comunicación, a través de correo electrónico.

Como última aportación de esta sugerencia les ruego que, por favor, se doten de un solo buzón telemático para que el ciudadano se comunique con la Junta de Extremadura; y no con la farragosidad que ahora tiene que hacerlo, esto es, con un buzón telemático para las quejas y las sugerencias, otro para solicitar información administrativa, ...

Además, estos buzones telemáticos deberían dar un número de registro a las solicitudes que, a través de ellos, se presenten. En este sentido puede servirles de referencia el que utiliza el Presidente del Gobierno de la nación, Rodríguez Zapatero, para facilitar el contacto con él.

No me queda más por el momento que decirle que tenga por presentada esta sugerencia, acordando admitirla y atenderla.

En Plasencia a 25 de abril de 2007

Atentamente,

Fdo.: Javier Caso Iglesias.