A/A MESA DE LA ASAMBLEA DE EXTREMADURA Y COMISIÓN DE PETICIONES DE LA MISMA. Agradeciendo a la Comisión de Peticiones de la Asamblea de Extremadura su respuesta y solicitandando que la Junta de Extremadura ponga fin a ese sistema, esa administración paralela, que tiene asignadas más de 4.000 Comisiones de Servicio, como indica el Defensor del Pueblo, "sin mediar procesos de concurrencia competitiva".
Quien la presente suscribe, ante Ustedes comparece y, como mejor proceda, EXPONE:
1.- Agradecer a la Comisión de Peticiones de la Asamblea de Extremadura la respuesta de fecha 01/12/2017 y nº de registro de salida de esa institución 201700010800 relativa a mi petición P39/IX de fecha 09/08/2107 registrada con el número 2017000000105373 a través del Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2.- La importancia de esa respuesta está en que no solo se ha remitido a la Dirección General de la Función Pública la petición mencionada, sino también a los Grupos Parlamentarios para su estudio.
3.- Insistir en la importancia de esta Petición P39/IX, pues como les decía en mi oficio de fecha 09/08/2107, registrado con el número 2017000000105373, llevo pidiendo de forma reiterada al Gobierno de Extremadura, así como a quién en la Junta de Extremadura compete, que, sin dilación, lleve a cabo lo recogido y me informe de la fecha en que la institución va a aplicar consecuente y concretamente la recomendación del Defensor del Pueblo 58/2013, de 10 de mayo de 2013, mediante la cual le indica -hablando de las Comisiones de Servicio- a la Junta de Extremadura que "la utilización de este sistema resulta incompatible con pautas de concurrencia competitiva, puesto que está previsto para la cobertura urgente o inaplazable de puestos de trabajo vacantes, y la Administración extremeña es consciente de que su utilización debe racionalizarse"; y que también afirma que "aproximadamente el 15% del total de puestos de personal funcionario se provee mediante este instrumento"; así como que "si, como esa misma Consejería reconoce, la última convocatoria de concurso de traslados del personal funcionario fue resuelta en marzo de 2009, se pueden estar incumpliendo en todos sus términos las normas que regulen la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de esa Administración autonómica". Para terminar afirmando "que, en cumplimiento de las previsiones contenidas en los artículos 23.2 y 103 de la Constitución española, se arbitren por esa Consejería las previsiones oportunas para que los funcionarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura puedan acceder a los puestos de la función pública extremeña en procesos de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad, con la correspondiente publicidad de las convocatorias".
4.- Indicar que los concursos de traslados resueltos en los que la Junta de Extremadura cifraba sus esperanzas en ver reducido este sistema de Comisiones de Servicios, incompatible con pautas de concurrencia competitiva y vulnerador los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad de las convocatorias, no solo no han resuelto el problema; sino que se ha visto incrementado. Baste para ello ver los datos que se reflejan en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura. De las 3.660 Comisiones de Servicio sin mediar procesos de concurrencia competitiva puestas en conocimiento del Defensor del Pueblo en el año 2013 a día de hoy hay más de 4.000 Comisiones de Servicio en la Junta de Extremadura en las cuales se han vulnerado al otorgarlas los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad de las convocatorias.
Por todo ello SOLICITO:
A.- Que tenga por presentado este escrito y acuerde admitirlo, teniendo por reproducido en este solicita todo aquello que en el expone se recoge.
B.- Que solicito expresamente a la Mesa de la Asamblea de Extremadura y a la Comisión de Peticiones de la misma que proponga, en función de las atribuciones que le otorga el Reglamento de la Asamblea de Extremadura, a los grupos parlamentarios con representación en esa cámara que MES a MES insten y formulen recomendaciones al Gobierno de la Junta de Extremadura para que, a la mayor brevedad posible, active y promueva medidas concretas que pongan fin a ese sistema, esa administración paralela, que tiene asignadas más de 4.000 Comisiones de Servicio, como indica el Defensor del Pueblo en su recomendación 58/2013, de 10 de mayo de 2013, "sin mediar procesos de concurrencia competitiva y vulnerando los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad de las convocatorias". Sistema que consiente que 1.772 de estas Comisiones de Servicio (plazas cubiertas sin concurrencia competitiva y vulnerando los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad de las convocatorias) lo sean en la Administración General de la Junta de Extremadura, el cerebro de la institución regional.
C.- Que se me INFORME de la fecha en que la institución va a aplicar consecuente y concretamente la recomendación del Defensor del Pueblo 58/2013, de 10 de mayo de 2013, mediante la cual le indica -hablando de las Comisiones de Servicio- a la Junta de Extremadura que "la utilización de este sistema resulta incompatible con pautas de concurrencia competitiva". RECUERDEN QUE LA JUNTA TIENE ASIGNADAS MÁS DE 4.000 PLAZAS A TRAVÉS DE COMISIONES DE SERVICIO SIN MEDIAR PROCESOS DE CONCURRENCIA COMPETITIVA Y VULNERANDO LOS PRINCIPIOS DE IGUALDAD, MÉRITO, CAPACIDAD Y PUBLICIDAD EN LAS CONVOCATORIAS.
En espera de su pronta y siempre grata respuesta a lo solicitado, reciban un cordial saludo.
Oficio registrado en la Sede Electrónica del Portal Ciudadano de la Junta de Extremadura integrada en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
1.- Agradecer a la Comisión de Peticiones de la Asamblea de Extremadura la respuesta de fecha 01/12/2017 y nº de registro de salida de esa institución 201700010800 relativa a mi petición P39/IX de fecha 09/08/2107 registrada con el número 2017000000105373 a través del Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2.- La importancia de esa respuesta está en que no solo se ha remitido a la Dirección General de la Función Pública la petición mencionada, sino también a los Grupos Parlamentarios para su estudio.
3.- Insistir en la importancia de esta Petición P39/IX, pues como les decía en mi oficio de fecha 09/08/2107, registrado con el número 2017000000105373, llevo pidiendo de forma reiterada al Gobierno de Extremadura, así como a quién en la Junta de Extremadura compete, que, sin dilación, lleve a cabo lo recogido y me informe de la fecha en que la institución va a aplicar consecuente y concretamente la recomendación del Defensor del Pueblo 58/2013, de 10 de mayo de 2013, mediante la cual le indica -hablando de las Comisiones de Servicio- a la Junta de Extremadura que "la utilización de este sistema resulta incompatible con pautas de concurrencia competitiva, puesto que está previsto para la cobertura urgente o inaplazable de puestos de trabajo vacantes, y la Administración extremeña es consciente de que su utilización debe racionalizarse"; y que también afirma que "aproximadamente el 15% del total de puestos de personal funcionario se provee mediante este instrumento"; así como que "si, como esa misma Consejería reconoce, la última convocatoria de concurso de traslados del personal funcionario fue resuelta en marzo de 2009, se pueden estar incumpliendo en todos sus términos las normas que regulen la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de esa Administración autonómica". Para terminar afirmando "que, en cumplimiento de las previsiones contenidas en los artículos 23.2 y 103 de la Constitución española, se arbitren por esa Consejería las previsiones oportunas para que los funcionarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura puedan acceder a los puestos de la función pública extremeña en procesos de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad, con la correspondiente publicidad de las convocatorias".
4.- Indicar que los concursos de traslados resueltos en los que la Junta de Extremadura cifraba sus esperanzas en ver reducido este sistema de Comisiones de Servicios, incompatible con pautas de concurrencia competitiva y vulnerador los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad de las convocatorias, no solo no han resuelto el problema; sino que se ha visto incrementado. Baste para ello ver los datos que se reflejan en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura. De las 3.660 Comisiones de Servicio sin mediar procesos de concurrencia competitiva puestas en conocimiento del Defensor del Pueblo en el año 2013 a día de hoy hay más de 4.000 Comisiones de Servicio en la Junta de Extremadura en las cuales se han vulnerado al otorgarlas los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad de las convocatorias.
Por todo ello SOLICITO:
A.- Que tenga por presentado este escrito y acuerde admitirlo, teniendo por reproducido en este solicita todo aquello que en el expone se recoge.
B.- Que solicito expresamente a la Mesa de la Asamblea de Extremadura y a la Comisión de Peticiones de la misma que proponga, en función de las atribuciones que le otorga el Reglamento de la Asamblea de Extremadura, a los grupos parlamentarios con representación en esa cámara que MES a MES insten y formulen recomendaciones al Gobierno de la Junta de Extremadura para que, a la mayor brevedad posible, active y promueva medidas concretas que pongan fin a ese sistema, esa administración paralela, que tiene asignadas más de 4.000 Comisiones de Servicio, como indica el Defensor del Pueblo en su recomendación 58/2013, de 10 de mayo de 2013, "sin mediar procesos de concurrencia competitiva y vulnerando los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad de las convocatorias". Sistema que consiente que 1.772 de estas Comisiones de Servicio (plazas cubiertas sin concurrencia competitiva y vulnerando los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad de las convocatorias) lo sean en la Administración General de la Junta de Extremadura, el cerebro de la institución regional.
C.- Que se me INFORME de la fecha en que la institución va a aplicar consecuente y concretamente la recomendación del Defensor del Pueblo 58/2013, de 10 de mayo de 2013, mediante la cual le indica -hablando de las Comisiones de Servicio- a la Junta de Extremadura que "la utilización de este sistema resulta incompatible con pautas de concurrencia competitiva". RECUERDEN QUE LA JUNTA TIENE ASIGNADAS MÁS DE 4.000 PLAZAS A TRAVÉS DE COMISIONES DE SERVICIO SIN MEDIAR PROCESOS DE CONCURRENCIA COMPETITIVA Y VULNERANDO LOS PRINCIPIOS DE IGUALDAD, MÉRITO, CAPACIDAD Y PUBLICIDAD EN LAS CONVOCATORIAS.
En espera de su pronta y siempre grata respuesta a lo solicitado, reciban un cordial saludo.
Oficio registrado en la Sede Electrónica del Portal Ciudadano de la Junta de Extremadura integrada en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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